02. Colombia: Parejas del mismo sexo pueden ir a cárcel por negar cuota alimentaria mutua
A partir de agosto de 2008 las parejas del mismo sexo que viven en unión libre (no casadas) tienen la obligación de ayudarse mutuamente con una cuota alimentaria que debe entregar la persona que tiene ingresos para quien no los tiene. Así lo decidió la Corte Constitucional Colombiana al analizar una demanda presentada por una ciudadana común y corriente en contra del Código penal que establece de 16 a 54 meses de cárcel y multas de 2500 a 5.800 euros por el delito de inasistencia alimentaria. La Corte consideró que la ley discriminaba al consagrar la obligación solo para las parejas heterosexuales.
Esta es una decisión inédita ya que a la fecha ninguna ley o jurisprudencia aclaraba poder demandar cuota alimentaria; sin embargo, ahora sí puede ir a la cárcel quien incumpla, es decir, ahora se podrán demandar los alimentos ante la justicia de familia y ante la justicia penal.
Con esta nueva decisión se continúa el camino de “hetero – normatización” o “hetero – normalización” de las parejas del mismo sexo, al decidir caminos de composición familiar iguales a los ya existentes, lo que constituye, sin duda, un avance en la democracia, a la vez que se pierde la clandestinidad y se normalizan esquemas de poder.
Las expresiones afectivas, eróticas y sexuales de personas del mismo sexo son un ejemplo y una posibilidad de encontrarse espiritual – afectiva y eróticamente con varias personas al mismo tiempo, sin embargo esta realidad todavía se encuentra invisible en los discursos de los derechos humanos, del modelo tradicional, sobre el cual podemos aportar enormemente para presentar otras formas de vida (ya existen pero no se nombran) y de constitución de familia biológica, social y/o afectiva.
Fuente: German Humberto Rincon Perfetti / Abogado – Bogota
Representante de America Latina de la Asociación Internacional de Abogados de Gays y Lesbianas – ILGLAW Association