04. Argentina: Indignación por absolución en un caso de trata

La impunidad llegó como una bofetada a la sociedad argentina al conocerse la absolución de las personas imputadas por la desaparición de María de los Ángeles Verón, una joven víctima de trata de personas con fines de explotación sexual, raptada en el año 2002 y cuya búsqueda aún hoy no ha concluido.

La joven, conocida como Marita, fue secuestrada de su provincia, Tucumán, en el norte argentino, y es el caso insigne de este país en cuanto a la lucha contra la trata de personas. Su madre, Susana Trimarco, nunca renunció a la búsqueda solitaria de su hija, pese a que estuvo signada por toda la negligencia que se imparte desde el poder.

El pasado 11 de diciembre, la sociedad entera esperaba que la justicia declarara culpables a las personas imputadas. Contrariamente a este anhelo de justicia los jueces decidieron la absolución de las 13 personas implicadas. El argumento de la absolución fue la falta de pruebas. Sin embargo: ¿cómo se explica la absolución de las personas imputadas por el secuestro y sometimiento de Marita?, ¿acaso lo sucedido en los tribunales de Tucumán no es más que la versión corpórea de la explicación que repiten hasta el cansancio quienes luchan contra la trata: ¿Connivencias en el poder público y las mafias de trata?

«La noticia de la desaparición de Marita sacó a la luz la problemática de la trata de personas y de los remises (autos de alquiler) que te trasladaban como pasajeras y que nunca llegabas a tu destino, sino que te entregaban a una mafia», remarca una joven tucumana.

El caso Verón marcó un antes y un después en el norte y luego un antes y un después en el país porque, hasta entonces, era un silencio a voces en el noroeste los nombres de quienes regentaban las mafias de trata y el negocio de las drogas.

La absolución la dictaron los jueces Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano. Luego de conocerse la decisión de la justicia el repudio fue masivo. Las redes sociales estallaron en descontento y, de inmediato, las calles cobijaron a masivas protestas en todo el país.

En un comunicado de prensa, la diputada del Frente Progresista y Popular, María Elena Naddeo manifestó su consternación «frente a esta decisión inentendible de la justicia tucumana que absolvió a todos y cada uno de los imputados; esperábamos una condena ejemplar luego de 10 meses de presentación de testimonios y 10 años de lenta búsqueda, que hoy quedaron destruidos por una visión jurídica seguramente cargada de discriminación y de intereses locales». Por su parte, la RED PAR (Periodistas de Argentina en RED por una comunicación no sexista) manifestó su enérgico repudio a la totalidad del proceso judicial. Sabemos que los testimonios de las víctimas pocas veces son tomados en consideración y que la falta de pruebas se convierte en el argumento más corrupto y, sin embargo, más eficaz a la hora de absolver culpables, remarcó.

La ley de trata

La Ley Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas fue promulgada en abril de 2008 y, desde entonces, fue cuestionada por diferenciar a las víctimas entre mayores y menores de 18 años. Porque, según esa normativa, una persona de más de 18 años, víctima de la trata, debe probar que se actuó contra su consentimiento.

Por entonces, Susana Trimarco decía a SEMlac: «con esta medida, la carga cae sobre el individuo afectado. Es decir, la propia persona explotada deberá demostrar que es víctima».

Otro punto en cuestión es el aspecto punitivo, ya que la medida establece una pena mínima de tres a seis años en caso de que la víctima sea mayor de 18 años, pero podría ser de cuatro a 10 años cuando el victimario tenga un grado de parentesco con la víctima. Respecto a este punto, Trimarco manifestaba que «la sanción es muy baja, hubiese sido óptimo que se estableciera como pena mínima cinco años».

Sin embargo, desde que se conoció la absolución el pasado 11 de diciembre, la presidenta Cristina Fernández llamó a sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación con el fin de tratar de manera urgente las reformas que ya habían sido propuestas para la mencionada Ley.

Esas reformas, que se aprobaron el miércoles 19 de diciembre, y giran precisamente en torno a los aspectos del consentimiento, que deja de ser una causal para eximir la responsabilidad penal, civil o administrativa de los tratantes. También se han aumento las penas, y son de cumplimiento efectivo.

Por las modificaciones propuestas son agravantes el empleo de la violencia, amenazas o cualquier otro medio de intimidación o coerción, si es que el autor es un familiar, pareja, responsable de la educación de la víctima, una autoridad o ministro de cualquier culto, funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad.

Pero indigna saber que desde 2008, momento en que se promulgó la Ley, las organizaciones sociales vienen solicitando que se modifiquen sus falencias. Indigna saber que el tratamiento de estas modificaciones estuviera frenado desde hace más de un año y que recién ahora, luego de conocerse la absolución, sea tenida en cuenta.

Datos

Según la web de la Fundación María de los Ángeles, presidida por Trimarco, anualmente 6.000.000 personas son víctimas de trata de personas. A nivel mundial, se estima que más del 90 por ciento de ellas son mujeres, niñas y adolescentes explotadas sexualmente.

En Argentina, «el grupo con mayor riesgo de convertirse en víctima de trata para explotación sexual está compuesto por mujeres y niñas con bajos niveles de escolarización, pertenecientes a grupos familiares numerosos y con necesidades básicas insatisfechas, donde la mayoría de sus integrantes se encuentran desocupados o realizan actividades primarias no calificadas por las que perciben ingresos extremadamente bajos.

A la vez, es necesario tener en cuenta que también existen víctimas de trata que no presentan estos factores sociales», consigna la misma fuente.

Fuente: Semlac/AmecoPress.



Contenidos relacionados


¿Te gustó este artículo? Déjanos tus comentarios.