05. Argentina: Prohibición de colocar anuncios de trabajo sexual en los medios genera polémica

Desde el pasado 6 de julio está prohibida en Argentina la publicación de avisos de prostitución en los medios de comunicación. La medida, dispuesta por un decreto presidencial, da por cumplido un antiguo reclamo del movimiento de mujeres, colabora en el diseño de políticas públicas sobre comunicación y género, y acompaña un proceso iniciado por varios medios gráficos provinciales durante el año 2010.

“Hemos dado un gigantesco paso contra la trata y la discriminación al firmar este decreto –señaló la presidenta Cristina Fernández de Kirchner desde el Salón de las Mujeres de la Casa de Gobierno, acompañada por buena parte del gabinete y escuchada por representantes del movimiento de mujeres-. La publicación de ofertas sexuales es un vehículo en la comisión del delito de trata de personas y a la vez una profunda discriminación hacia las mujeres.”

El decreto 936, de aplicación en toda la República Argentina, fue firmado en el marco de la lucha contra la trata de personas pero también en cumplimiento de la Ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, conocida como Ley de Violencia de Género y que, en consonancia con la Convención de Belém do Pará, protege los derechos humanos de las mujeres en lo relativo a gozar de una vida libre de violencias.

Para implementar la medida, fue dispuesta la creación de una Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Prostitución dentro del Ministerio de Justicia, que articulará junto al Consejo Nacional de las Mujeres (organismo designado para implementar la Ley de Violencia de Género) y la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (dependencia que debe implementar el cumplimiento de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, que en su articulado debe observar el cumplimiento de la Ley de Violencia de Género en radio y televisión).

La medida avanza entonces en el diseño de política pública tendiente a regular los contenidos de los medios de comunicación en relación con la discriminación hacia las mujeres, y complementa el proceso iniciado con la Ley de Violencia de Género que planteó, por primera vez en la legislación argentina –y en un proceso también pionero en el continente-, la figura de violencia mediática (ver Violencia mediática: cómo erradicar los contenidos discriminatorios de los medios masivos de comunicación).

La misma es definida por la ley como “aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

Los avisos que promueven la oferta sexual en los medios de comunicación quedan perfectamente encuadrados en esta definición de humillación y discriminación hacia las mujeres.

AMMAR contra el decreto presidencial

La Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina, considera que el decreto presidencial que prohíbe la publicación en los medios de comunicación de avisos que promueven la oferta sexual es una medida que «sólo logra criminalizar la actividad». «Es sólo a través de la regulación del trabajo sexual que se podrá iniciar una lucha conjunta que permita dar batalla a las grandes mafias (de trata de personas) instaladas en nuestro país», expresó AMMAR.

La asociación, por medio de un comunicado, sostuvo que «el delito a combatir no es el trabajo sexual, sino la trata y la esclavitud de personas, adultos y niños» víctimas de las redes. Al respecto, señaló que el Gobierno nacional «no debe dejarse llevar por supuestas soluciones mágicas», debido a que la trata de personas «es un tema profundo y complejo». La AMMAR «camina desde hace quince años toda la Argentina» y las mujeres agrupadas en la asociación no son «tratadas», «obligadas» ni «secuestradas».

«No nos sentimos más víctimas que cualquier otro trabajador o trabajadora de la clase obrera a quienes no se les respetan ni garantizan sus derechos laborales», agregó la AMMAR. Además, repudió «terminantemente la trata de personas con fines de explotación sexual y la explotación sexual de niños y niñas». En el comunicado, AMMAR opinó que «es una obligación del Estado disponer todos los medios tendientes» para terminar con la trata, un delito que calificó de «flagelo». «No desconocemos que detrás de muchas de las publicidades se esconden casos de trata. Pero no podemos dejar de decir que muchas otras vienen de una fuente de trabajo legítima como es el nuestro», sostuvo la asociación.

EL TRABAJO SEXUAL NO ES DELITO. EL TRABAJO SEXUAL VOLUNTARIO EJERCIDO POR MUJERES MAYORES DE EDAD NO ES IGUAL A LA TRATA DE PERSONAS. LA TRATA DE PERSONAS NO ES EXCLUSIVA DEL TRABAJO SEXUAL. Por eso exigimos: Derechos Humanos para todas. – La reglamentación del trabajo sexual como trabajo. – La búsqueda real de víctimas de trata de personas.

Fuente: Ameco Press y Artemisa Noticias



Contenidos relacionados


¿Te gustó este artículo? Déjanos tus comentarios.