06. OIT: Trabajadoras del hogar con más derechos
Delegados de gobiernos, empleadores y trabajadores que participaron en la 100ª Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptaron por primera vez en la historia, normas laborales internacionales destinadas a mejorar las condiciones laborales de decenas de millones de trabajadoras y trabajadores domésticos en el mundo.
“Por primera vez llevamos el sistema de normas de la OIT a la economía informal y este es un acontecimiento de gran importancia”, dijo el Director General de la OIT, Juan Somavia. “Se ha hecho historia”, agregó.
Los delegados aprobaron el Convenio sobre las Trabajadoras y Trabajadores Domésticos (2011) por 396 votos a favor, 16 votos en contra y 63 abstenciones, y la Recomendación que lo acompaña por 434 votos a favor, 8 votos en contra y 42 abstenciones.
Las nuevas normas se convertirán en el Convenio 189 de la OIT y la Recomendación 201 desde que fuera fundada la Organización en 1919. El Convenio es un tratado internacional vinculante para los Estados miembros que lo ratifiquen, mientras que la Recomendación ofrece una guía más detallada sobre la forma en que el Convenio puede ser llevado a la práctica.
Las nuevas normas de la OIT establecen que los millones de trabajadoras y trabajadores domésticos del mundo que se ocupan de las familias y los hogares podrán tener los mismos derechos básicos que otros trabajadores, incluyendo horas de trabajo razonables, descanso semanal de al menos 24 horas consecutivas, un límite a los pagos en especie, información clara sobre los términos y las condiciones de empleo, así como el respeto a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, incluyendo los de libertad sindical y negociación colectiva.
De acuerdo con estimaciones recientes de la OIT basadas en estudios o censos nacionales de 117 países el número de trabajadoras y trabajadores domésticos en el mundo es de al menos 53 millones. Pero los especialistas consideran que debido a que este tipo de trabajo se realiza a menudo en forma oculta y sin registros, el total podría ser de 100 millones de personas. En los países en desarrollo representan entre 4 y 12 por ciento del empleo asalariado. Alrededor del 83 por ciento son mujeres o niñas, y muchas son migrantes.
El artículo 1 del nuevo instrumento de la OIT dice que “la expresión “trabajo doméstico” designa el trabajo realizado en un hogar u hogares”. Si bien estos instrumentos cubren a todos los trabajadores domésticos, se consideran medidas especiales para proteger aquellos trabajadores que puedan estar expuestos a riesgos adicionales debido a su corta edad, a su nacionalidad, o a su condición de alojamiento, entre otros.
De acuerdo con los procedimientos de la OIT, el Nuevo Convenio de la OIT estará vigente después que dos países lo hayan ratificado.
“Es muy importante que hayamos colocado a los trabajadores domésticos al amparo de nuestros valores, para ellos y para todos los que aspiren a un trabajo decente. Esto también tendrá repercusiones relacionadas con las migraciones y la igualdad de género”, dijo Somavia.
La Directora Ejecutiva de ONU Mujeres, Michelle Bachelet, calificó como “un aporte de importancia histórica a la agenda del desarrollo”.
La adopción de las nuevas normas ha sido el resultado de un largo proceso. En marzo de 2008 el Consejo de Administración de la OIT decidió colocar el tema en la agenda de la Conferencia. En 2010 la Conferencia realizó la primera discusión sobre el tema y acordó llevar a cabo una segunda discusión en 2011 con la finalidad de adoptar el Convenio y la Recomendación que lo acompaña.