06. Perú: Comisión parlamentaria votó a favor de despenalizar el aborto ocasionando enfrentamientos en el gabinete de gobierno y en la sociedad peruana

Luego de un amplio y polémico debate, la Comisión Revisora del Código Penal aprobó con 6 votos a favor, 5 en contra y una abstención, la despenalización del aborto en caso de violación o cuando haya graves malformaciones del feto. Con esta decisión, el grupo parlamentario rechazó las diferentes posturas de grupos políticos y religiosos que estaban en contra de la despenalización por considerarla un atentado contra la vida de un ser humano.

Como se recuerda, el Ministerio de Justicia desestimó esta propuesta y la Defensoría del Pueblo planteó que se haga un debate nacional sobre el tema. Con la votación se ratificó la decisión adoptada inicialmente por la referida comisión, a través de la cual se establece en el artículo 119 que no es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante. Tampoco será punible el aborto cuando éste tenga como objeto evitar un mal grave en la salud de la gestante un mal grave y permanente.

También se despenaliza el aborto cuando es probable que el ser en formación adolezca o desarrolle graves malformaciones o taras físicas o psíquicas, siempre que al respecto exista un diagnóstico médico especializado. Tampoco conllevará a una sanción penal el aborto que se cometa en el caso de embarazos ocasionados a consecuencia de una violación sexual, “siempre que los hechos hubieren sido denunciados penalmente”, se precisa.

De igual manera, no será objeto de sanción punible la interrupción de un embarazo sea consecuencia de la inseminación artificial o transferencia de un óvulo fecundado sin consentimiento. Asimismo, la referida comisión acordó establecer en dos años de pena privativa de la libertad, la sanción por el llamado aborto preterintencional. A ello se incluirá también el desarrollo de trabajo comunitario por parte del sentenciado. Esta es una figura que se aplica para el caso de quienes con violencia ocasionen un aborto sin tener el propósito de causarlo.

Durante la sesión se produjeron algunos enfrentamientos en los exteriores del Congreso entre los grupos a favor y en contra de la despenalización del aborto.

Luego de esta aprobación, el presidente de la comisión Carlos Torres Caro enviará en diciembre el informe con las conclusiones al presidente del Congreso, Luis Alva Castro, quien decidirá si lo envía al Pleno para el debate.

Asimismo la decisión de la Comisión Revisora del Código Penal Peruano ha dividido al gabinete ministerial, aunque el Presidente del Consejo de Ministros se apresure en negar que ello ocasione ’fisuras’. Lo cierto es que mientras el ministro de salud, Oscar Ugarte ha sido muy enfático en declarar que el aborto terapéutico de ninguna manera atenta contra el derecho a la vida, como sostienen diversas confesiones religiosas, señaló además que no se trata de un problema católico o no católico, «es un problema de vida», enfatizó. Sin embargo otros ministros han mostrado su oposición total a la decisión de la Comisión Revisora.

Como era previsible, sus declaraciones desataron una polémica entre los propios ministros, encabezados por el de defensa, Rafael Rey, miembro del Opus Dei, quien incluso dijo que renunciará a su cargo de aprobarse la despenalización. Rey también encontró eco en la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Mercedes Araóz, ella propuso que sea el estado el que asuma dar en adopción a la niña o niño nacidos como fruto de una violación, además de brindar atención a la gestante por esta causa. No obstante, no explicó de dónde saldrían los fondos para la implementación de esta propuesta, en un país cuyo sistema público de salud está al borde del colapso y la tasa de mortalidad materna es la segunda más alta de la región.

Como ha ocurrido en otros países de América Latina, el tema ha dividido a la sociedad. De un lado están los sectores más conservadores de la iglesia católica y, dentro de ella, a los del Opus Dei, a la cabeza, y del otro, aquellos que apelan al propio ordenamiento jurídico peruano, cuyo código penal contempla el aborto terapéutico desde 1924. Sin embargo, no se puede aplicar porque no existe un protocolo para ello, y no ha podido formularse debido a la presión de la iglesia y los grupos conservadores.

Fuentes: La República y Amecopress



Contenidos relacionados


¿Te gustó este artículo? Déjanos tus comentarios.