09. Argentina: Da sus primeros pasos el proyecto de ley de identidad de género
Tras convertirse el pasado año en el primer país latinoamericano en reconocer legalmente el matrimonio igualitario, Argentina quiere ser nuevamente pionera en los avances legislativos en favor de la igualdad. En esta ocasión se trata de la aprobación de una ambiciosa ley de identidad de género.
Actualmente en Argentina las operaciones quirúrgicas de reasignación sexual están prohibidas por ley, pero esta situación puede cambiar pronto. Con el impulso del Gobierno de la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, dos iniciativas parlamentarias se debaten en el Congreso argentino: una avalada por la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) y otra por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (FALGBT), ambas respaldadas por el kirchneristaFrente para la Victoria (FPV). Estas dos iniciativas legislativas difieren en poco, por lo que en las próximas semanas, con el impulso de la Casa Rosada, el Congreso buscará el acuerdo para emitir un único dictamen.
La idea compartida por varios grupos parlamentarios progresistas y organizaciones LGTB es conseguir una norma que reconozca plenamente el derecho a la reasignación de sexo. Según los primeros borradores de la ley (que pretende unificar las dos iniciativas citadas), esta reasignación sexual podría solicitarse desde los 18 años con una declaración jurada y obtenerse mediante una intervención quirúrgica o con tratamientos hormonales, según la necesidad de la persona solicitante. Asimismo esta ley permitiría tramitar el Documento Nacional de Identidad con una nueva identidad de género, sin requerir la realización de un tratamiento médico previo.
Según este proyecto de ley la intervención quirúrgica se realizaría en los centros médicos públicos, privados y obras sociales del país. Sin embargo, al parecer se dejará en consideración del Gobierno nacional la posibilidad de incluir este tratamiento clínico en el Plan Médico Obligatorio, programa que recoge las prestaciones sanitarias básicas que deben prestar las obras sociales y agentes del seguro a la población argentina.
Fuente: Dosmanzanas.com