09. Colombia: Crece reconocimiento a derechos de homosexuales
El reconocimiento de los derechos de las parejas homosexuales colombianas ya no es un sueño. En el último año, la Corte Constitucional emitió tres fallos que han permitido la aplicación de los derechos patrimoniales y de seguridad social de las parejas homosexuales, en igualdad de condiciones que las heterosexuales.
«Aún existen situaciones de gran intolerancia, pero, al mismo tiempo, va aumentado el reconocimiento legal de nuestros derechos y hay cada vez más sectores que se pronuncian a favor de los mismos, como directores de partidos políticos y medios de comunicación», afirmó a SEMlac Marcela Sánchez, directora de la organización no gubernamental Colombia Diversa, que aboga por los derechos de la comunidad LGTB.
Esto se vio reflejado en enero pasado, cuando dos jóvenes de Manizales, una ciudad de provincia, fueron expulsadas de la institución educativa donde estudiaban, por ser una pareja de lesbianas. Este hecho, se convirtió en un motivo de protesta nacional. El caso fue apelado legalmente, y las directivas escolares se vieron obligadas a reintegrar a las alumnas el 25 de mayo pasado, decisión que fue aplaudida con marchas en Bogotá y otras ciudades.
En Colombia, el reconocimiento de los derechos de la comunidad LGTB, al igual que en Canadá y en otros países, está ocurriendo a través de la rama jurisdiccional y no por la legislativa.
Cuatro proyectos de ley tendientes a reconocer derechos civiles de los homosexuales se hundieron antes de llegar a convertirse en ley, mientras que la Corte Constitucional ha emitido tres fallos, de carácter nacional, que favorecen a las parejas constituidas por gays o lesbianas. Según Sánchez, esto se debe a que «la Corte basa sus decisiones en argumentos jurídicos, mientras que en el Congreso (legislativo) intervienen intereses morales, religiosos y políticos».
En febrero de 2007, la Corte sentenció que las parejas de homosexuales, que demuestren haber convivido al menos durante dos años, tienen los mismos derechos patrimoniales que las uniones de hecho o matrimonios entre heterosexuales. En octubre de ese mismo año, la Corte falló a favor de la comunidad LGTB, al dictaminar que un homosexual puede inscribir a su pareja permanente como beneficiario de su póliza de salud en las empresas prestadoras de servicios de salud (EPS), tal y como lo hacen las parejas heterosexuales.
La tercera conquista fue la relativa al derecho a recibir la pensión de sobrevivencia; es decir, a trasladar al compañero permanente la pensión del integrante fallecido de la pareja. La demanda interpuesta por Colombia Diversa desembocó en el fallo favorable de la Corte, tras una serie de consultas, entre las que se destacó el respaldo del Procurador General de la Nación.
Estos dictámenes ya se están aplicando. Las parejas están registrándose en las notarías, inscribiendo a sus compañeros permanentes en las EPS y empezando a reclamar las pensiones de sus parejas fallecidas.
Fuente: Ángela Castellanos/SEMLAC