09. México: SCJN implementa protocolo de atención legal para comunidad LGBTTTI

Con la finalidad de promover el acceso al ejercicio de las personas de la comunidad lésbico, gay, bisexual, transexual, travestí, transgénero e intersexual y combatir la discriminación por orientación sexual e identidad de género, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género.

Dicho Protocolo se crea a partir del señalamiento de la Alta Comisionada de la Organización de las Naciones Unidas, Navi Pillay sobre la homofobia y transfobia, categorías que considera como formas de prejuicio que son dejadas de lado por gobiernos y Estados que condenan el racismo, la misoginia, la xenofobia y el sexismo.

Además, la SCJN reconoció que el trabajo jurídico a favor del reconocimiento de los derechos de dicho sector de la población responde a los cambios recientes en materia de derecho constitucional y a los tratados internacionales ratificados y firmados por México en vista a propiciar la igualdad y garantizar el derecho a la no discriminación en el país.

Para el máximo organismo judicial, hay realidades como que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación han atendido 273 situaciones relacionadas con presuntas violaciones a los derechos de las personas LGBTTTI, y por tanto, se deben implementar medidas en el marco del Programa Nacional para la Igualdad y la No Discriminación.

El Protocolo

El documento, en respeto a la autonomía e independencia de las y los juzgadores, surge como una herramienta que ayude a las y los integrantes del Poder Judicial a cumplir con los mandatos constitucionales en materia de derechos humanos de proteger, garantizar, respetar y promover los derechos de todas las personas y un instrumento en favor de la igualdad social y jurídica de las y los habitantes de la República Mexicana.

Si bien el documento no es vinculante, es decir, no tiene un carácter obligatorio, si es una herramienta jurídica auxiliar para que las y los juzgadores consulten cuáles son los estándares obligatorios en la materia, las herramientas legales utilizables en casos que involucren dichas categorías y las situaciones judiciales resueltas en la materia.

Divido en cuatro apartados. La primera sección brinda un diagnóstico de la situación de la comunidad LGBTTTI y una explicación sobre los conceptos relacionados con temas de orientación sexual, identidad y expresión de género además de un listado con los estereotipos existentes en la sociedad en torno a dichas categorías y las razones por las que carecen de sustento.

En un segundo apartado, el documento desglosa herramientas generales como el control de convencionalidad/constitucionalidad difusos, además de las implicaciones del respeto a derechos como al libre desarrollo de la personalidad y a la igualdad y no discriminación.

En una tercera parte, se analiza, en seguimiento al documento “Nacidos libres e iguales”, emitido por la Organización de las Naciones Unidas, los escenarios judiciales que involucran a las personas integrantes de los colectivos de la diversidad sexual y se contemplan diversos ámbitos como la identidad, la vida familiar, el trabajo, la salud, la violencia, la educación y el acceso a la justicia.

En el cuarto rubro se plantean las expectativas en torno al Protocolo, entre ellas, armonizar con los instrumentos internacionales la legislación mexicana en la materia.

La oficialización y presentación del Protocolo ha sido este 18 de agosto en la zona de murales de la SCJN con la participación de la Relatora para los derechos de las Personas LGBTTTI de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Tracy Robinson, y el ministro presidente Juan Silva Meza.

Fuente: Agencia NotieSe



Contenidos relacionados


¿Te gustó este artículo? Déjanos tus comentarios.