16. Se violan derechos de profesionales de las Fuerzas Armadas de México, afectados por VIH

El director del Programa de VIH/sida de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) Ricardo Hernández Forcada, informó que desde 1992 ese organismo ha recibido 873 quejas relacionadas con violaciones a los derechos de personas afectadas por VIH, de las cuales siete por ciento corresponde a elementos de las Fuerzas Armadas. Agregó que hasta agosto, 61 integrantes de las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y de Marina se habían inconformado ante la CNDH por haber sido dados de baja tras resultar positivos a la prueba de detección del virus de la inmunodeficiencia humana.

La Sedena es la más señalada en violentar los derechos humanos de quienes viven con VIH/sida al acumular 50 quejas, en tanto que la Secretaría de Marina suma 10 inconformidades y la restante está dirigida al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas, sin que la persona que realizó la queja especificara si era miembro del Ejército o la Marina.

Entrevistado por Notiese, luego de que la CNDH emitiera la recomendación 45/08 dirigida al secretario de Marina, Francisco Saynez Mendoza, por haber dado de baja a dos elementos VIH positivos, Hernández Forcada apuntó que a partir de la fecha de notificación, la Secretaría de Marina tiene un plazo de 15 días hábiles para manifestar si acepta la recomendación.

Aunque la secretaría a cargo de Saynez Mendoza ha atendido recomendaciones del ombudsman nacional, José Luis Soberanes, ninguna ha sido por asuntos relacionados con la epidemia, por el contrario, existe el antecedente de que en materia de VIH, esa dependencia ya rechazó una primera recomendación.

De aceptarla, el responsable de las fuerzas navales tendrá dos semanas a partir de la fecha de aceptación para presentar las pruebas de cumplimiento, entre las que se encuentran exámenes médicos para valorar la conveniencia de reubicación de los afectados. En caso contrario, la CNDH procederá a hacer del conocimiento público la negativa de la dependencia, y hasta ahí llegaría su papel, el cual concluye con la emisión de la recomendación.

Para el director del Programa de VIH/sida de la CNDH, estos hechos no constituyen un desacato a lo dictaminado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 27 de febrero de 2007 en el sentido de que el numeral 45 del artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas, viola el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como diversos tratados internacionales firmados por el gobierno en materia de salvaguarda de los derechos humanos, pues las expulsiones ocurrieron antes de esa fecha.

Fuente: Notiese, por Mario Alberto Reyes



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